• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: RAFAEL ANGEL SICILIA MURILLO
  • Nº Recurso: 162/2023
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma parcialmente la sentencia del Juez Penal que condena a una acusada como responsable de dos delitos de acoso, absuelve a la acusada de uno de los delitos y mantiene la condena por un único delito de acoso. Acusada que, no habiendo conseguido el cobro de una deuda que atribuye a un matrimonio, realiza sobre la mujer una serie de llamadas telefónicas primero y más tarde visitas reiteradas en su centro de trabajo con el fin de obtener el cobro, llegando a colocar pasquines en la oficina dando a conocer a sus compañeros la posición deudora, lo que ocasionó en ella una situación de ansiedad e intranquilidad permanentes que le llevó a cambiar de rutinas y hábitos de trabajo. Valoración de las diligencias sumariales. Declaración prestada por la acusada durante la fase de instrucción que, de no ser mantenidas en las declaraciones del juicio, no puede ser valoradas en sentencia si no han sido sometidas a la preceptiva contradicción durante los debates del juicio. Delito de acoso. Necesaria reiteración o persistencia continuada en la conducta de hostigamiento que la Audiencia no tiene por realizadas sobre una de las víctimas. Responsabilidad civil derivada del delito. Cuantificación del daño moral que no se determina con bases precisas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 10576/2023
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La falta de acompañamiento de una D.T. a la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, obliga a la aplicación directa del art. 2.2 del Código Penal, y dentro del mismo, las pautas que hemos de seguir son las siguientes: a) mantenimiento del criterio del Tribunal sentenciador en orden a la concreta imposición de la pena; b) mantenimiento de la pena mínima, que sea más favorable de entre ambas legislaciones, en el caso de que el Tribunal sentenciador se hubiera decantado por tal dosificación de la pena; c) mantenimiento de la adecuada proporcionalidad en el caso de que se haya rebasado el mínimo, conforme a los distintos arcos penológicos aplicables, tomando en consideración todas las variables que haya expresado el Tribunal que individualizó la pena; d) no se trata de una nueva individualización penológica, pues ya procedió a ella el Tribunal sentenciador, sino de una operación consistente en la aplicabilidad de una norma más favorable, tomando en consideración todos los elementos que se juzgaron ya en su momento, y sin que en este juicio puedan introducirse modificaciones en contra de reo; e) los elementos fácticos y normativos deben permanecer inalterables. Recurre el Fiscal: estimación parcial.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA ALMUDENA CONGIL DIEZ
  • Nº Recurso: 39/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABUSO SEXUAL: tocamientos a una menor de edad en la zona vaginal. NORMA APLICABLE: el reconocimiento de los hechos por el acusado limita la controversia a la determinación de la norma aplicable. La menor entidad del hecho se establece en función de la vulnerabilidad de la víctima, valorada desde los estándares medios de la conducta básica. El desajuste entre la edad mental y la biológica supone una especial vulnerabilidad en relación con las personas de su edad. La exclusión del subtipo atenuado introducido en la LO 10/2022 lleva a aplicar la legislación vigente en el momento de la comisión del hecho. REPARACIÓN DEL DAÑO: fin de resarcimiento de la víctima en términos significativos y relevantes. Aunque la finalidad del ingreso no consta, su importe y las manifestaciones de arrepentimiento del acusado permiten estimar su concurso y darle la condición de cualificada. RESPONSABILIDAD CIVIL: el acuerdo de las partes sobres su cuantía.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: RAFAEL MARIA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE
  • Nº Recurso: 74/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso del Ministerio Fiscal contra la sentencia que condena a las penas de 12 meses y un día de multa y 2 años, 6 meses y 1 día de privación del permiso de conducir por el delito del artículo 379.2 CP en concurso con el art. 382 CP con dos delitos de lesiones del art. 152.1.1º CP. Interesa el Fiscal en su recurso que la pena de privación del permiso de conducción por este delito debe de estar en el tramo de 3 años y 3 meses, a 4 años; y ello por aplicación de dos concursos, uno el concurso del art. 382 CP, y otro el concurso ideal del art. 77 CP, por lo que interesa la aplicación de la pena correspondiente al el delito más grave en su mitad superior y, dentro de ella, aplicar las reglas del concurso ideal del art. 77 CP. La desestimación del motivo se fundamenta, por un lado, en el principio acusatorio, pues el escrito de acusación del recurrente no incluía calificación conforme al artículo 77. Y, por otro lado, porque el art. 382 CP contiene una regla concursal específica que constituye un concurso de leyes para sancionar tan sólo uno de los hechos, el más gravemente penado. De tal forma que el delito de peligro seguido de otro con resultado de igual o mayor rango penal queda consumido en éste; regla que no se ve alterada por la concurrencia de diversos resultados lesivos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS MARTIN MEIZOSO
  • Nº Recurso: 1493/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FALSEDAD: elaboración de un contrato de trabajo sin contenido real para solicitar una autorización de residencia temporal. MOTIVACIÓN: deber constitucional al que no se exige una determinada extensión, alcance o intensidad, sino que exteriorice el fundamento de la decisión adoptada y permitir su control jurisdiccional. PROPOSICIÓN DE PRUEBA: no hace falta una mención específica a cada uno de los medios de prueba de carácter documental incorporados a las actuaciones. La remisión a sus folios, sin indicar su contenido, cumple esa exigencia. VALORACIÓN DE LA PRUEBA: no se cuestiona la validez probatoria de la prueba documental procedente de organismos oficiales. y la condición de beneficiaria directa de la acción de la acusada permite considerar su vinculación con el hecho.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ALFREDO JOSE LAJUSTICIA PEREZ
  • Nº Recurso: 1053/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado impugna la sentencia, alegando error en la valoración de la prueba al entender que el accidente no fue consecuencia de que él no respetara la prioridad de paso sino del exceso de velocidad del vehículo conducido por el denunciante. La Audiencia, tras poner de manifiesto que la alegación de la errónea valoración de la prueba supone verificar que se contó con suficiente prueba de signo incriminatorio, válidamente obtenida y practicada con sometimiento a los principios de inmediación judicial, oralidad, publicidad y contradicción, comprobando también que en la motivación de la sentencia se ha expresado el proceso fundamental del raciocinio y que tal razonamiento obedece a criterios lógicos y razonables, desestima el recurso. La sentencia razona que el accidente se produjo por la irrupción del vehículo en la vía por la que circulaba el denunciante, no respetando el apelante la prioridad de paso que aquel tenía en la intersección. Contrariamente a lo que se alega, no se ha probado que el denunciante circulara con su vehículo a una velocidad superior a la reglamentariamente establecida, pues no se ha practicado prueba al respecto, tratándose de simples alegaciones exculpatorias del acusado esgrimidas en ejercicio de su derecho de defensa, pero desprovistas del mínimo apoyo probatorio. Dicha conducta supone la comisión de una infracción grave según la Ley de Seguridad Vial, siendo obvio por ello que se cometió el delito del art. 152.2) CP de imprudencia menos grave.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: FERMIN JAVIER ZUBIRI OTEIZA
  • Nº Recurso: 504/2023
  • Fecha: 15/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ATENTADO: intervención de los agentes en un incidente de tráfico de tráfico que concluye con un acometimiento de la acusada y oposición violenta a su detención que causó lesiones a los agentes. TESTIFICAL DE LOS AGENTES DE LA POLICÍA: las declaraciones testificales de los agentes policiales sobre hechos de conocimiento propio al estar prestadas con las garantías procesales propias del acto, constituyen prueba de cargo apta y suficiente para enervar la presunción de inocencia y gozan de un alto poder convictivo, en cuanto no existe elemento subjetivo alguno para dudar de su veracidad. CONTENIDO DEL DELITO: empleo de fuerza o intimidación grave, que se plasma en una actitud agresiva y activa. EXIMENTE DE TRASTORNO MENTAL: el sistema del Código Penal exige la existencia de un diagnóstico que aprecie una anomalía o alteración psíquica como elemento biológico o biopatológico, y la comprobación de que tal déficit impide al sujeto, o le dificulta en mayor o menor medida, la comprensión de la ilicitud de la conducta o bien la actuación conforme a esa comprensión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 7182/2021
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Sostiene el recurrente que no concurren los elementos objetivos propios del delito contra el patrimonio histórico objeto de condena, sin embargo, su divergencia no se centra en los elementos de tipicidad. El artículo 849.1 LECRIM remite exclusivamente a las normas que definen los tipos penales. El artículo 324 LECRIM contiene una norma de naturaleza propiamente procesal. Lo que pretende el recurrente como consecuencia de la infracción que denuncia es la nulidad de determinadas pruebas practicadas en el juicio y de diligencias en la instrucción, sin que ello sea materia propia de la subsunción típica, única cuestionable en el recurso de casación que nos ocupa. La sustracción de los libros del Archivo Histórico Diocesano de Teruel y la desaparición de algunas de las hojas de inscripción se produjo a finales del 2013 o principios de 2014 cuando pretendía iniciar un nuevo expediente para la progresión de grado en dicha Orden, expediente que con cierta seguridad llevaría a comprobar la exactitud de los méritos de linaje alegados. A partir de ese aserto es evidente que el computo de los cinco años en los que está fijado el plazo de prescripción, debe retrotraerse a finales de 2013, por lo que, en la interpretación más favorable al condenado, y desde el análisis de infracción de ley que autoriza el motivo analizado, a la fecha de incoación de la causa, incluso a la fecha de la personación del recurrente como investigado, en abril de 2018, tal plazo no habría transcurrido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS MARTIN MEIZOSO
  • Nº Recurso: 1457/2023
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABANDONO DE FAMILIA: falta de pago de la pensión desde la fecha en la que se fijó. ELEMENTO SUBJETIVO: la culpabilidad del sujeto se desprende de su propia conducta, sin que se pueda alegar la figura de la prisión por deudas, de naturaleza objetiva, al exigirse la posibilidad de otra conducta en los términos propios de los comportamientos omisivos. La pensión se fijó por mutuo acuerdo y no se solicitó la modificación. PROPORCIONALIDAD DE LA PENA: nada se puede objetar sobre esta cuestión, en la medida en que la impuesta es la mínima legalmente posible. RESPONSABILIDAD CIVIL: se establece desde la fecha de la sentencia que fija la pensión hasta la de la condena penal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ABAD CRESPO
  • Nº Recurso: 472/2023
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FALSEDAD Y ESTAFA: manipulación de un cheque y presentación al cobro del mismo. PRUEBA DE CARGO: testimonio del emisor del cheque inicial que después fue manipulado sobre su contenido. Constatación de las manipulaciones. Falta de explicación racional del acusado sobre la presentación del documento. Conocimiento de la manipulación. FALSEDAD: el cheque como documento mercantil. ESTAFA INTENTADA: presentación al cobro del cheque manipulado.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.